Una de las Declaraciones de derechos más conocida, es la de los derechos humanos, también existen la de los derechos de los niños, del consumidor, del trabajador, e incluso de los libros.
Hace unos días me pregunté: ¿Existirá también una Declaración sobre los derechos del cuento? Pero después de algunas investigaciones, no he encontrado nada.
Pues voy a ser pionera; y a establecer algunos artículos sobre los derechos que poseen los cuentos tradicionales, voy a referirme sólo a este tipo de relatos y no a los cuentos de autor, para no tener problemas con la SGA. Aunque, si algún escritor de cuentos, quiere que sus historias tengan derechos, puede suscribirse a ellos.
Artículo Nº 1:
Un cuento tiene el derecho a ser contado.
Artículo Nº 2:
Un cuento debe ser transmitido de generación en generación, para asegurar su supervivencia.
Artículo Nº 3:
Las narraciones y cuentos tienen el derecho a ser relatados por distintas voces.
Artículo Nº 4:
Los cuentos tienen el derecho a traspasar fronteras e ir de un lugar a otro.
Artículo Nº 5:
El cuento tiene derecho a ser escuchado por oyentes de distintas edades y condiciones sociales.
Artículo Nº 6:
Los cuentos tienen el derecho y el deber de llenar de magia los espíritus y de ilustrar las almas.
Artículo Nº 7:
Los cuentos tienen el derecho de emocionar, hacer reír o llorar e incluso asustar a sus oyentes.
Artículo Nº 8:
Los cuentos tienen el derecho de tener como protagonistas a seres reales o imaginarios con virtudes o poderes mágicos.
Artículo Nº 9:
Los cuentos tienen derecho a ser mimados, queridos y repetidos tantas veces como el narrador o el oyente deseen.
Artículo Nº 10:
Las narraciones y cuentos tienen el derecho a ser recopilados y transcritos en libros.
Estos diez artículos pueden ser ampliados a tantos como se quieran, y recogeré cualquier tipo de sugerencia que se haga al respecto.Y ahora, ya suspiro tranquila. Por que los cuentos, esas obras de arte que tanto admiro, ya tienen sus derechos.